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Información sobre la Resolución 58 de 2017, que modificó la vigencia del CAF a 6 meses

Diciembre de 2018     

Estimados Clientes,

En base un reciente aviso de SII, respecto a la aplicación de la Resolución Exenta N° 58, de 2017, que modificó la vigencia del Código de Autorización de Folios (CAF) para documentos tributarios electrónicos, los folios autorizados están sujetos a los siguientes plazos:

  • Los folios autorizados a partir del 1 de julio de 2018 tienen una vigencia de seis meses, contados desde la fecha de su autorización.
  • Mientras, los folios autorizados antes del 1 de julio de 2018 vencen el 31 de diciembre de este año.

La medida anterior se aplica a todos los documentos tributarios electrónicos que otorgan derecho a Crédito Fiscal IVA, como es el caso de la factura electrónica, nota de crédito electrónica, nota de débito electrónica, factura de compra electrónica y liquidación factura electrónica.

Por su parte, aquellos folios que hayan perdido vigencia, carecerán de validez legal y serán rechazados por el SII, por lo que se solicita su anulación.

Recuerde que para anular puede utilizar la opción de Anulación Masiva en la misma página de SII, y luego timbrar más documentos, y no hacerlo al revés pues sino SII limitará la cantidad de folios disponibles a solicitar. En general desde ahora y en el futuro SII propondrá un número de folios suficientes para 3 a 5 meses como máximo, por lo tanto esta situación no se debería repetir en el futuro para Uds.

 

Atentamente,

 

Soporte GDExpress

 

PS: Si requiere ayuda no dude en contactar a nuestro soporte a través de correo soporte@gdexpress.cl o al número 2 2840 4195.

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