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Aceptación y Rechazo Comercial

Opción disponible para los documentos registrados en el módulo de "Documento recibidos". Situada dentro del icono de "tuerca", esta será representada por dos manos enlazadas utilizando el último puesto de la fila.

  

Restricciones para generar una aprobación/rechazo comercial:

  • El documento debe estar aprobado en la plataforma GDExpress.
  • Su fecha de recepción ante el SII no debe superar los 8 días (se entiende que posterior a esta fecha, el documento quedará aprobado por ley).
  • La forma de pago no puede ser en efectivo (solo apta para forma de pago Crédito).
  • Solo se permite la aceptación de Factura afecta, exenta y liquidación de factura. 

Pasos para generar la aceptación / rechazo comercial:

  1. Seleccionar icono de "Aceptación y rechazo comercial"
  2. Se abrirá una ventana con los datos del usuario que emite la aceptación/rechazo comercial, recuadro de observaciones y la acción a realizar.
  3. Dentro de las opciones disponibles, el usuario podrá seleccionar:
    "Otorga recibo de mercadería o servicios"
    "Reclamo al contenido del documento"
    "Reclamo por falta parcial de mercadería"
    "Reclamo por falta total de mercadería"
    "Acepta contenido del documento"
  4. Tanto la aceptación como el rechazo son procesos irreversibles ya que, tras el nuevo registro de compra y venta, dichas acciones se ven reflejadas en la contabilización de documentos en el SII. Si desea anular una acción sobre estas, deberá solicitar la nota de crédito correspondiente. 
  5. Si usted rechaza un documento, será obligación indicar el por qué del rechazo. 
  6. Puede realizar la aceptación/rechazo informando solo a su cliente (sin seleccionar la opción "Registrar en el SII") o enviarla simultáneamente al Servicio de impuestos internos (seleccionar opción "Registrar SII").
  7. Los documentos que sean aceptados en el SII directamente y no en nuestro portal, su estado podrá ser reflejado al 9 día en nuestro sitio web.
  8. En base a la fecha de recepción en el SII, un documento podrá ser contabilizado en el siguiente mes si no obtuvo aceptación comercial y su fecha culmine (8 días desde la recepción) queda establecida en el mes próximo.  



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