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Ley 21.210 del 24/02/2020 y Obligatoriedad de Boleta Electrónica

Esta Ley 21.210 del 24/02/2020, que Moderniza la Legislación Tributaria tiene múltiples puntos que están relacionados con temas tributarios, pero particularmente respecto a la facturación electrónica existen dos artículos modificados que pueden requerir su atención al respecto, en forma simple son:
  1. Esta modificación hace obligatorio el uso de boletas electrónicas a contar de 6 meses de esa fecha, para aquellos contribuyentes que emiten factura electrónica, es decir a contar del 24/08/2020. Para los que no emiten factura electrónica el plazo es hasta el 24/02/2021.
  2. Debido a la modificación del del Art 69 del Decreto Ley 825 (Ley de IVA) las boletas deberán separar el IVA en su emisión.

De este último punto entendemos que el resto de impuestos no se deben desglosar en las boletas.

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