
Diciembre de 2018
Estimados Clientes,
En base un reciente aviso de SII, respecto a la aplicación de la Resolución Exenta N° 58, de 2017, que modificó la vigencia del Código de Autorización de Folios (CAF) para documentos tributarios electrónicos, los folios autorizados están sujetos a los siguientes plazos:
- Los folios autorizados a partir del 1 de julio de 2018 tienen una vigencia de seis meses, contados desde la fecha de su autorización.
- Mientras, los folios autorizados antes del 1 de julio de 2018 vencen el 31 de diciembre de este año.
La medida anterior se aplica a todos los documentos tributarios electrónicos que otorgan derecho a Crédito Fiscal IVA, como es el caso de la factura electrónica, nota de crédito electrónica, nota de débito electrónica, factura de compra electrónica y liquidación factura electrónica.
Por su parte, aquellos folios que hayan perdido vigencia, carecerán de validez legal y serán rechazados por el SII, por lo que se solicita su anulación.
Recuerde que para anular puede utilizar la opción de Anulación Masiva en la misma página de SII, y luego timbrar más documentos, y no hacerlo al revés pues sino SII limitará la cantidad de folios disponibles a solicitar. En general desde ahora y en el futuro SII propondrá un número de folios suficientes para 3 a 5 meses como máximo, por lo tanto esta situación no se debería repetir en el futuro para Uds.
Atentamente,
Soporte GDExpress
PS: Si requiere ayuda no dude en contactar a nuestro soporte a través de correo [email protected] o al número 2 2840 4195.