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Resolución Exenta N°154 SII: Nuevas exigencias para Guías de Despacho

🚨Resolución Exenta N°154 SII: Nuevas exigencias para Guías de Despacho 

Entrada en vigencia: 1 de mayo de 2026

El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha definido nuevos requisitos obligatorios para la emisión de Guías de Despacho, los cuales impactan directamente a todas las empresas que trasladan bienes.

Estas modificaciones buscan establecer un mayor nivel de control y trazabilidad en el movimiento de mercancías a nivel nacional.

πŸ“Œ ¿A quién afecta?

Los nuevos requisitos aplican especialmente a:

  • Empresas que transportan productos
  • Empresas con bodegas o centros de distribución
  • Operadores logísticos y transportistas
  • Empresas que realizan entregas parciales
  • Empresas que trasladan mercancías entre sucursales

πŸ”„ ¿Qué cambia?

🧭 Identificación exacta de origen y destino

Cada guía deberá incluir:

  • Dirección completa
  • Comuna
  • Ubicación real de origen y destino

πŸš› Identificación completa del transporte

Será obligatorio registrar:

  • Nombre y RUT del chofer
  • RUT del transportista
  • Patente del vehículo y remolque (Cuando corresponda)
  • Indicación si la patente no se conoce al momento de emisión

πŸ“¦ Detalle exhaustivo de los bienes

Se deberá especificar:

  • Cantidad
  • Peso y/o volumen
  • Descripción comercial exacta
  • Precio unitario (cuando corresponda)

(Excepto en traslados internos, reparaciones u otros casos sin venta)

πŸ”„ Tipo de traslado obligatorio

Cada documento deberá indicar el motivo del traslado:

  • Venta
  • Venta por efectuar
  • Consignación
  • Traslado interno
  • Devolución
  • Entrega gratuita
  • Traslado para exportación
  • Venta para exportación

⏱️ Nuevas reglas de uso y vigencia

  • Una guía = un traslado = un vehículo
  • No se permiten múltiples vehículos ni múltiples días (salvo justificación)
  • Para viajes prolongados:
    • Indicar motivo
    • Informar fecha estimada de entrega

πŸ“¦ Entregas parciales

  • Emitir guía inicial como “venta por efectuar”
  • Generar un documento tributario por cada entrega

πŸ•’ Fecha y hora obligatoria

  • Se debe registrar la fecha y hora exacta de inicio del traslado

πŸ“‹ Registro de Guías de Despacho

El SII implementará un Registro Oficial de Guías de Despacho.

Mientras entra en funcionamiento:

  • Sistemas propios o de mercado.
    → Uso del Libro de Guías de Despacho Electrónicas
  • Sistema gratuito del SII:
    → Información disponible en el Historial de DTE
  • Guías en papel:
    → Obligación de mantener respaldo digital por al menos 6 años

πŸ“² Durante el traslado

El DTE deberá estar disponible:

  • En formato digital, o
  • Impreso si no hay conectividad

Si no hay señal, el documento deberá enviarse al SII una vez restablecida la conexión.

πŸ”Ž Validación por parte del receptor

El receptor podrá validar el documento mediante:

  • Sitio web del SII
  • Aplicaciones como e-Factura o e-Verifica
  • Escaneo del timbre electrónico
  • Ingreso de RUT, folio, fecha y monto

🎯 ¿Por qué cambia?

La Resolución Exenta N°154 responde a la necesidad de:

  • Aumentar la transparencia documental
  • Reducir brechas en el control del IVA
  • Prevenir documentos falsos o inconsistentes
  • Unificar criterios entre empresas y transportistas
  • Fortalecer la trazabilidad logística

πŸ‘‰ En términos simples:
El SII busca saber con precisión qué se transporta, quién lo transporta, desde dónde, hacia dónde y bajo qué motivo.

⚠️ ¿Qué implica para tu empresa?

  • Registrar mayor cantidad de información con precisión
  • Ajustar procesos internos y operativos
  • Integrar sistemas logísticos y tributarios
  • Mejorar la coordinación entre áreas
  • Prepararse para fiscalizaciones más estrictas

La trazabilidad deja de ser opcional: ahora es obligatoria.

El incumplimiento puede generar sanciones según el Artículo 97 del Código Tributario.

βœ… ¿Cómo prepararse?

Se recomienda:

  • Revisar y actualizar datos de clientes y direcciones
  • Asegurar el registro de transporte en cada despacho
  • Clasificar correctamente el tipo de traslado
  • Incorporar fecha y hora en los procesos
  • Adaptar la gestión de entregas parciales
  • Capacitar a equipos de ventas, logística y operaciones
  • Validar que los sistemas utilizados cumplan con la normativa

🀝 GDExpress te acompaña

En GDExpress estamos trabajando para adaptar nuestra plataforma a todos los requerimientos de esta normativa.

Próximamente se incorporarán:

  • Nuevos campos obligatorios
  • Validaciones automáticas
  • Mejoras en trazabilidad
  • Soporte especializado para la transición

πŸ“’ Importante

Estos cambios son obligatorios a partir del 1 de mayo de 2026.

Prepararse con anticipación permitirá evitar errores operativos, retrasos logísticos y posibles sanciones.

 

Aviso de actualización 07/04/2026 – Sitio Web Público GDExpress

Informamos a nuestros clientes que el próximo 7 de abril de 2026, realizaremos una actualización del sitio web público de GDExpress, con el objetivo de mejorar la seguridad, estabilidad y desempeño de la plataforma.
Esta actualización no afectará el acceso ni el uso habitual del Portal de Clientes, por lo que todas las funcionalidades, accesos y procesos dentro del portal continuarán operando de la misma manera que actualmente.
Con la nueva versión del sitio web, el acceso al portal se realizará desde la página principal, seleccionando la opción “Acceso Clientes”.

Pasos para ingresar al portal:

  1. Ingresar al sitio web público de GDExpress: www.gdexpress.cl.
  2. Hacer clic en la opción “Acceso Clientes” en la página principal.
  3. Se abrirá la pantalla de inicio de sesión, donde deberá ingresar su correo y contraseña para acceder al portal.

A continuación, se muestran imágenes de referencia del nuevo acceso:

1-Página principal del sitio web donde debe seleccionar “Acceso Clientes”.

 

2 -Pantalla de inicio de sesión del Portal de Cliente

Nueva normativa sobre entrega de boletas electrónicas

Con fecha 17 de Enero de 2025, se ha determinado por parte de SII que se modifica la regulación actual y se obliga a la entrega de la representación impresa o virtual de las boletas al realizar una compra a contar del 1 de Mayo de 2025.

Para las empresas que posean sistemas que no emiten comprobante, ya sea físico o vitual, y que requieran modificación o adaptación se extiende el plazo de entrada en vigencia para el 1 de Marzo de 2026.

Más información en https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso12.pdf

Mantenimiento Programado de Plataforma

 

Cambios a Boletas Electrónicas

Con fecha 31 de Diciembre de 2024 SII ha realizado algunos cambios en el formato de la boleta electrónica, para lo cual aun no está claro una fecha de aplicación.

El cambio básicamente es para ventas mayores a UF 135 (aprox un poco más de $5.188.000) se debe emitir la boleta, afecta o exenta, en forma nominativa, es decir, con RUT y Razón Social específica de quien realiza la compra (no anónima al RUT 66.666.666-6). 

Adicionalmente existirá ahora un nuevo campo llamado MedioPago, en el cual se indica el tipo de pago:

1. Efectivo

2. Pago Electrónico

3. Transferencia Electrónica

4. Cheque

5. Otro

Y en el caso de usar medio de pago efectivo además se debe informar e imprimir en la boleta el correo electrónico (campo CorreRecep) y el teléfono (campo TelefonoRecep).

Ante cualquier duda nos puede contactar a nuestro soporte.

Requisitos Nombre de Item en Documentos Electrónicos

Desde el 1 de Julio de 2024 está vigente la resolución 36 de 2024 de SII, la cual regula el uso del campo Nombre Item (NmbItem).

La exigencia explícita es que es obligatorio el uso del campo Nombre de Item (NmbItem) para los documentos factura, nota de crédito, guía de despacho, facturas de compra y liquidación de factura; con una descripción clara y precisa del artículo vendido, sin utilizar abreviaciones que puedan generar ambigüedades o imprecisiones que impidan su compresión. Sólo permite el uso de codificaciones para el uso interno del emisor.

En caso que el nombre supere los 80 caracteres se puede utilizar el campo Descripción (DscItem) para continuar.

El no cumplimiento puede ser sacionado con una multa del 50% al 500% del monto de la operación, con un mínimo de 2 UTM según el artículo 97 N°10 del Código Tributario.

Nuevo Menú Boletas Históricas

Para las boletas anteriores al año 2023 se ha creado un nuevo menú para su consulta llamado "Boletas Históricas", las boletas anteriores a este año inclusive no se podrán consultar en el menú de Documentos Emitidos.

Partner- Usuarios

Como administrador se podrá ver el listado de los usuarios creados para el sistema, así como crear un nuevo usuario con acceso al portal

Para crear un nuevo usuario presione botón con el mismo nombre

El teléfono es opcional, el resto de los datos deben ser ingresados de modo obligatorio.

Los dos posibles perfiles a asignar son Administrador y Usuario del Portal. La diferencia radica en que este ultimo no tiene acceso a crear usuarios.

Si desea que un usuario de los existentes ya no entre mas al portal debe dejarlo sin perfil asignado.

 

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